Desde 2019, toda empresa en España está obligada a registrar la jornada de sus empleados, y las clínicas no son una excepción. Cumplirlo a mano es tedioso y propenso a errores; hacerlo con un sistema lo convierte en algo automático. (Esto es información general, no asesoría legal.)
La obligación de registrar la jornada
El RD-ley 8/2019 obliga a registrar el horario diario de cada trabajador, incluyendo la hora de inicio y de fin. El objetivo es controlar las horas efectivas y las extraordinarias, y la Inspección de Trabajo puede requerir esos registros.
Qué debe registrar
- Hora de entrada y de salida de cada empleado, cada día.
- Las pausas, según lo que establezca tu convenio o acuerdo de empresa.
- El cómputo que permita ver la jornada efectiva y las horas extra.
Cómo fichan los empleados
Lo práctico es ofrecer varias vías: desde el ordenador de la clínica, desde el móvil (por ejemplo, con un QR) o de forma manual supervisada por administración. Cuanto más fácil sea fichar, más fiable es el registro.
Conservación y acceso
Los registros deben conservarse (de forma general, cuatro años) y estar disponibles para la plantilla, sus representantes y la Inspección. Tenerlos firmados o sellados aporta garantías frente a discrepancias.
Errores comunes
- Hojas de fichaje en papel que se pierden o se rellenan a posteriori.
- No registrar a tiempo parcial o a personal externo cuando corresponde.
- No conservar el histórico el tiempo exigido.
Cómo ayuda ClinicOS
ClinicOS incluye un módulo de control horario conforme al RD-ley 8/2019: fichaje desde la web o el móvil (QR), cierre automático configurable, geolocalización opcional e informes mensuales firmados que se conservan. Lo explicamos paso a paso en la guía de fichaje.
Pruébalo gratis y cumple el registro de jornada sin papeleo.