La facturación en España está cambiando con la normativa antifraude y el sistema Verifactu. Para una clínica privada, esto significa que el programa con el que facturas tiene que cumplir unos requisitos técnicos concretos. La buena noticia: si usas un software preparado, el cumplimiento es transparente. (Esto es información general, no asesoría fiscal; consulta tu caso con un profesional.)

Qué es Verifactu

Es el sistema de la Agencia Tributaria para garantizar que los registros de facturación no se manipulen. Los programas de facturación deben generar las facturas de forma que queden encadenadas y sean verificables, con una huella digital y un código QR en cada factura. Existe la modalidad Verifactu (envío de cada registro a la AEAT) y la modalidad no Verifactu (sin envío, pero con más obligaciones técnicas: firma electrónica de cada registro, registro de eventos y conservación de los registros para entregarlos si Hacienda los pide).

Cuándo es obligatorio

El calendario legal vigente fija dos fechas: 1 de enero de 2027 para las sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de empresas. Pero el 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció que aplazará esas obligaciones a octubre de 2028, para hacerlas coincidir con la factura electrónica obligatoria entre empresas (la de las pymes y autónomos que no superan los 8 millones de euros). El aplazamiento tiene que aprobarse por una norma con rango de ley y publicarse en el BOE; hasta entonces, las fechas vigentes son las de 2027. En cualquier caso, el programa con el que emitas facturas tendrá que cumplir los requisitos del sistema: adelantarse no cuesta nada y evita cambiar de herramienta con prisas.

Qué cambia para tu clínica

Qué necesitas tener listo

Tu NIF y razón social correctos, las series de numeración configuradas y decidir la modalidad (Verifactu o no Verifactu). A partir de ahí, el programa debería encargarse de la huella, el QR y, según la modalidad, del envío a la AEAT o de la firma y el registro de eventos, sin que tengas que pensar en ello.

El IVA en sanidad

Muchos servicios sanitarios están exentos de IVA (art. 20.Uno.3º de la Ley del IVA), mientras que otros (estética sin finalidad terapéutica, por ejemplo) tributan al tipo general. Configura bien el impuesto por defecto y, si procede, la exención por servicio, para que cada factura salga correcta desde el principio.

Errores que conviene evitar

Cómo ayuda ClinicOS

ClinicOS emite cada factura con numeración correlativa en series configurables, huella encadenada, código QR tributario y registros de alta y de anulación en una sola cadena: una factura emitida no se edita ni se borra. Soporta facturas ordinarias y tickets simplificados, presupuestos que se convierten en factura, planes de pago a plazos y facturación a aseguradoras. Y te avisa si el IVA y la exención de tus servicios no cuadran. Todo dentro del mismo sistema con el que gestionas pacientes y agenda. Lo enlazamos con qué necesita el software de un centro sanitario.

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